El mecanismo de empadronamiento se realizará en dos pasos: El primero es electrónico, a través de la página web del MIPRO (www.mipro.gob.ec) y el segundo es personal en las oficinas del ministerio, a donde los comercializadores deberán acudir con una copia del registro electrónico, la copia de la cédula y la copia del RUC.
El registro tendrá un año de vigencia y se renovará electrónicamente un mes antes de su vencimiento.
Finalmente, el acuerdo ministerial publicado en el registro Oficial de hoy establece que la información del registro del MIPRO será la que utilizará el Servicio de Rentas Internas para el proceso de devolución del IVA a los extranjeros.
Revise aquí el reglamento emitido

