La decisión de la sala de la Corte es parte del trámite de la demanda de inconstitucionalidad que Correa presentó en contra del segundo inciso del artículo 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, trámite que ingresó al organismo el 15 de diciembre.
Revise aquí la decisión de la sala de la Corte y el pedido del presidente
El artículo impugnado es el que permite que la Asamblea remita directamente al Registro Oficial ,y por tanto, ponga en vigencia cualquier reforma a su propia ley, sin la necesidad del veto presidencial.
Pero según Correa, tal norma violenta 10 artículos de la Constitución que le confieren al presidente la calidad de colegislador y por ello la atribución de pronunciarse con su veto sobre las leyes que emita la Asamblea.
Los jueces Ruth Seni y Roberto Bhrunis respaldaron la imposición de las medidas cautelares solicitadas por Correa y ordenaron:
1. Suspender provisionalmente la aplicación del segundo inciso del artículo 63 de la ley
2. Que la Asamblea se abstenga de remitir al Registro Oficial cualquier reforma a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
3. Que el director del Registro oficial se abstenga de publicar cualquier reforma a esa ley proveniente de la Asamblea.
El juez Hernando Morales emitió un voto salvado en el que considera que las medidas cautelares no eran necesarias porque la norma impugnada está vigente desde el 27 de junio del 2009, sin que haya sido observada previamente.
La decisión de la Corte fue comunicada a los Asambleístas en la tarde, a menos de 24 horas de que se tome votación de las reformas a la Ley Legislativa.

