Ultima modificación:  Domingo 20-05-2012, 12:21
 
 
     
 
 
 

La nueva Ley de Defensa del Consumidor se trabaja en dos frentes
Viernes, 16 de Diciembre de 2011 20:21

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Un día antes de que se posesionara en el pleno de la Asamblea el flamante defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, en los correos electrónicos de los legisladores apareció el proyecto de Ley Orgánica del Derecho de las Personas Usuarias y Consumidoras, preparado por el saliente defensor, Fernando Gutiérrez, quien así se adelantó a una intención que tenía el Gobierno.

Gutiérrez en persona se presentó el pasado 7 de diciembre ante el presidente de la Asamblea, Fernando Cordero, a quien le entregó el proyecto que también está auspiciado por la oficialista María Soledad Vela. (Ver el texto)

Hasta ahí el trámite parece ser normal, pero la jugada de Gutiérrez se adelantó al Ministerio de Industrias y Productividad que a inicios de diciembre estaba en pleno proceso de socialización de su proyecto de Ley de Defensa del Consumidor que también debía ingresar al Legislativo. En todo caso la motivación que comparten ambos proyectos es hacer que las normas de defensa del consumidor sean acordes a la Constitución.


Es que, según consta escrito en la exposición de motivos del proyecto de la Defensoría del Pueblo, “la legislación vigente no guarda concordancia con la normativa constitucional, ni el nuevo modelo económico popular y solidario, además de presentar ciertas vacíos e imprecisiones, así por ejemplo en el ámbito procesal que no ha permitido en su totalidad la reparación y restitución oportuna, eficiente, expedita, adecuada de los derechos de las personas usuarias y o consumidoras, dejándolas muchas veces en indefensión”.

Por eso el proyecto ya en análisis en el Legislativo desarrolla las obligaciones de los consumidores y usuarios y también temas que antes no habían sido previstos, como los derechos complementarios, contratos de adhesión y la publicidad engañosa.

El proyecto de ley plantea normas particulares para ciertos sectores de especial conflictividad, según la experiencia de la Defensoría del Pueblo, como son: servicios educativos (educación básica, bachillerato y universitario, pero también cursos de idiomas y de competencias como lectura rápida), transporte de usuarios (terrestre y aéreo), servicios financieros, venta de inmuebles para vivienda, servicios turísticos y de telecomunicaciones (incluyendo internet y televisión pagada).

La norma también contempla el comercio electrónico y casos como los robos informáticos o clonación de tarjetas de crédito, entre otros delitos.

A tono con la redacción característica de Montecristi, el proyecto de ley respeta escrupulosamente el lenguaje de género (los y las proveedores, etc.), pero además se cuida en identificar a los beneficiarios de la ley como usuarios o consumidores. Estas características dificultan en parte la lectura de una propuesta de 203 artículos, dos derogatorias, tres generales y dos finales. No obstante, el esfuerzo de inclusión es plausible.

1 comentario

  • Enlace comentario Wilson Publicado por Wilson

    Domingo, 05 de Febrero de 2012 16:03

    NO EXISTE NINGUN ARTICULO DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR QUE GARANTICE AL MISMO.

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